El abaratamiento de los sistemas de control horario mediante huella dactilar se están imponiendo mayoritariamente frente a los sistemas de tarjeta. Ofrecen muchas ventajas como pueden ser:
- La certeza de que la persona que ficha es la que debe hacerlo.
- Nadie olvida / pierde / deteriora la tarjeta
- Implica una menor inversión en empresas con gran número de empleados (ahorro en tarjetas)
Pero, ¿es legal? Esa pregunta la llevan formulando tanto empresarios como empleados desde que se comenzase a usar este sistema hace más de 10 años. La respuesta es un rotundo SI. La huella dactilar no se almacena como imagen. De hecho, lo que hacen los terminales de huella dactilar es buscar «puntos significativos» de la huella, los triangula y calcula las distancias entre los mismos. Una vez hecho esto, realizan una operación matemática que no tiene inversa y obtienen un «hash» (lo que viene siendo una cadena bastante larga de letras y números) que es lo que realmente almacena.
En ocasiones he escuchado aquello de que la huella es privada y es un dato de carácter personal muy sensible. Es cierto, pero parándonos a pensar, ¿vosotros reconocéis a alguien en la calle por sus huellas? ¿y por su foto? Pues es curioso que nadie se niegue a facilitar una foto a su empresa y si lo haga con sus huellas. Menos aún cuando no se almacena la imagen en ninguna forma.
Y por si alguien se lo pregunta ahora que han salido los sistemas biométricos por reconocimiento facial… Tampoco se almacena la imagen, por lo que también son completamente legales.